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El Tribunal se pronuncia sobre la oportunidad de los envíos por fax o correo electrónico

Publicaciones: agosto 16, 2011

El Tribunal Supremo ha dictado recientemente dos sentencias que tratan de la puntualidad de los escritos presentados por fax o correo electrónico.

En una decisión reciente[1], el tribunal dictaminó que la presentación de un escrito por fax fuera del horario de oficina se considera efectuada dentro de plazo si se recibe antes de la medianoche del último día del plazo. El documento se marca automáticamente como recibido a su llegada al receptor de fax del tribunal. Sin embargo, el remitente corre el riesgo de que el documento se reciba después de medianoche (o no llegue en absoluto), incluso si se envía a tiempo si, por ejemplo, el receptor del tribunal está ocupado o fuera de servicio.

En otra decisión[2], el tribunal dictaminó que los correos electrónicos no cumplen los requisitos para ser enviados por tráfico judicial electrónico (un sistema de comunicación electrónica que conecta tribunales y despachos de abogados). Sin embargo, esto no hace que los escritos presentados por correo electrónico sean irrelevantes. Por el contrario, el tribunal dictaminó que debían tratarse del mismo modo que las presentaciones por fax. Por lo tanto, para decidir si la presentación se ha hecho a tiempo, debe determinarse el momento de la recepción. Un correo electrónico se considera recibido a tiempo si llega al servidor del tribunal, y por tanto alcanza la esfera de discreción electrónica del tribunal, antes de la fecha límite. Esto ocurre una vez que el correo electrónico está disponible para su visualización en la bandeja de entrada del correo electrónico del receptor, incluso si esto ocurre fuera del horario de oficina. Un mensaje de confirmación de envío por sí solo no es prueba suficiente de la recepción por parte del tribunal, ya que dicho mensaje no implica la recepción.

En conclusión, el remitente siempre asumirá el riesgo si el fax o el correo electrónico no llega, incluso si la razón de la recepción tardía es del tribunal. Las presentaciones de emergencia (por ejemplo, cuando un fax no llega y el tráfico electrónico del tribunal no está disponible) deben presentarse por correo electrónico en el supuesto de que no habrá problemas con el servidor.

Recursos

  1. OGH 2 Ob 133/10p.
  2. OGH 10 Ob 28/11g.