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Ejecución de resoluciones judiciales extranjeras Austria

Guías de expertos: julio 04, 2025

Marco legal y judicial

¿Qué disposiciones legislativas y reglamentarias rigen el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones extranjeras en su jurisdicción?

El reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras se rigen por:

  • la Ley de Enjuiciamiento Civil
  • la Ley de Ejecución
  • la Ley de Jurisdicción
  • el Código de insolvencia; y
  • la Ley de procedimientos no contenciosos.

La Ley de Ejecución esboza el marco general para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales extranjeras en las Secciones 403 y siguientes, mientras que otras leyes establecen disposiciones específicas relativas al reconocimiento de sentencias extranjeras en áreas concretas.

La Sección 614 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé el reconocimiento de las sentencias arbitrales extranjeras; mientras que la Sección 109(b) de la Ley de Jurisdicción cubre la ejecutabilidad de las sentencias extranjeras relacionadas con:

  • custodia de menores
  • contacto personal; y
  • protección de adultos.

Mientras tanto, la Sección 240 del Código de Insolvencia esboza las condiciones para el reconocimiento de decisiones tomadas en procedimientos de insolvencia en otros Estados. Por último, la Ley de procedimientos no contenciosos regula el reconocimiento y la ejecución de resoluciones extranjeras en los siguientes ámbitos

  • adopción (artículos 91a a 91d);
  • asuntos matrimoniales (incluida la validez, persistencia y disolución del matrimonio) (Secciones 97 a 100);
  • custodia parental y derechos de visita (Secciones 112 a 116); y
  • la protección de los adultos vulnerables y sus bienes (artículos 131a a 131g).

Además de estas disposiciones, Austria es signataria de varios tratados internacionales (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Qué instrumentos bilaterales y multilaterales sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras tienen efecto en su jurisdicción?" más abajo). En caso de conflicto, estos tratados y reglamentos de la UE prevalecen sobre la legislación nacional.

¿Qué instrumentos bilaterales y multilaterales sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras tienen efecto en su jurisdicción?

Austria es parte en numerosos instrumentos bilaterales y multilaterales que regulan el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras. El más importante de ellos es el Reglamento Bruselas I bis de la UE (1215/2012), que establece normas uniformes sobre competencia judicial y reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil en toda la Unión Europea. Se aplica a los procedimientos iniciados a partir del 10 de enero de 2015; mientras que su predecesor -el Reglamento Bruselas I (44/2001)- sigue siendo aplicable a los casos anteriores.

Además, el Reglamento Bruselas II ter (2019/1111), que entró en vigor el 1 de agosto de 2022, sustituyó al Reglamento Bruselas II bis y ahora regula la competencia judicial, así como el reconocimiento y la ejecución de resoluciones relativas a:

  • responsabilidad parental; y
  • sustracción internacional de menores.

Austria también está vinculada por el Convenio de La Haya de 2 de julio de 2019 sobre reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en materia civil o mercantil, que entró en vigor para los Estados miembros de la UE (excepto Dinamarca) el 1 de septiembre de 2023. Este convenio introdujo un marco jurídico global para la ejecución transfronteriza de sentencias, aunque excluye ciertos ámbitos, como:

  • Derecho de familia;
  • insolvencia; y
  • la propiedad intelectual.

Por último, Austria ha celebrado varios tratados bilaterales con Estados no pertenecientes a la UE -como Israel, Liechtenstein, Túnez y Turquía- que establecen acuerdos recíprocos para el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. En el siguiente cuadro se recogen otros instrumentos relativos al reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales extranjeras, tanto entre Estados miembros de la UE como con terceros países.

InstrumentoFinalidad
Reglamento (CE) n° 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004Título ejecutivo europeo para créditos no impugnados
Reglamento (CE) nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006Proceso monitorio europeo
Reglamento (CE) nº 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007Proceso europeo opcional para demandas de escasa cuantía de hasta 5.000 euros
Reglamento (CE) nº 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008Competencia, ley aplicable, reconocimiento y ejecución de resoluciones y cooperación en materia de obligaciones de alimentos
Reglamento (UE) nº 655/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014Estableció el procedimiento europeo de orden de retención de cuentas para facilitar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil
Reglamento (UE) nº 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015Procedimientos de insolvencia
Reglamento (UE) nº 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016Cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas
El Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 30 de octubre de 2007 (Convenio de Lugano)Facilita el reconocimiento mutuo y la ejecución de las resoluciones judiciales dictadas por los órganos jurisdiccionales nacionales de los Estados miembros de la UE y de otros Estados contratantes.
Tratado sobre reconocimiento y ejecución de sentencias y escrituras públicas en materia civil y mercantil, de 23 de junio de 1977, entre Austria y TúnezCompetencia judicial y reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales
Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias, laudos arbitrales, transacciones judiciales y escrituras públicas, de 5 de julio de 1973, entre Austria y Liechtenstein.Competencia judicial y reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales
Convenio sobre reconocimiento y ejecución recíprocos de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, de 6 de junio de 1966, entre Austria e Israel.Competencia judicial y reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales
Convención de Nueva York sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras, de 10 de junio de 1958Reconocimiento y ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras
Convenio sobre arreglo de diferencias relativas a inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados, de 14 de octubre de 1966Reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones

¿Qué tribunales son competentes para conocer de las solicitudes de reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras?

De conformidad con el artículo 409 de la Ley de ejecución, el tribunal de distrito de la residencia o sede del deudor es el tribunal competente en general para el otorgamiento de la ejecución.

El tribunal que emite el otorgamiento de ejecución puede no ser el mismo que aquel en el que tendrá lugar la ejecución propiamente dicha. Según los artículos 4 y 5 de la Ley de Ejecución, el tribunal competente para la solicitud de ejecución de un crédito dinerario sobre bienes muebles es

  • el tribunal de distrito del lugar de jurisdicción general del deudor - que se determina:
    • en el caso de personas físicas, por su domicilio o residencia habitual; y
    • en el caso de las personas jurídicas, por su domicilio social;
  • el tribunal de distrito del lugar donde se encuentren los bienes muebles, si el deudor no tiene una jurisdicción general; o
  • si el deudor tiene su jurisdicción general en varios tribunales de distrito nacionales, la elección del acreedor de uno de estos tribunales de distrito.

Según el artículo 5b de la Ley de Ejecución, la localización de los créditos dinerarios se determina por el fuero general del tercero deudor. El tribunal competente para la solicitud de ejecución de un crédito dinerario sobre un bien inmueble es:

  • el tribunal de distrito que lleva el registro público; o
  • si la ejecución se lleva a cabo sobre un superedificio, el tribunal de distrito donde se encuentre el superedificio.

Requisitos de ejecutoriedad

¿Qué tipos de resoluciones pueden reconocerse y ejecutarse en su jurisdicción? ¿Hay algún tipo de resolución que no pueda ejecutarse?

El artículo 403 de la Ley de Ejecución establece que los actos y/o hechos jurídicos extranjeros se ejecutarán en Austria tras ser declarados ejecutorios.

El artículo 406 establece la norma general para la ejecución de actos e instrumentos extranjeros. Según esta norma general, un título ejecutivo extranjero puede ser declarado ejecutivo si se cumplen las siguientes condiciones:

  • La sentencia es ejecutiva en el Estado en el que se ha dictado; y
  • La reciprocidad está garantizada por tratados internacionales o normativas nacionales.

Además, deben cumplirse otros requisitos, tal y como se establece en el artículo 407:

  • La autoridad extranjera que dictó la resolución era competente con arreglo a normas comparables a las del Derecho austriaco;
  • La persona contra la que se solicita la ejecución fue debidamente notificada del procedimiento; y
  • La resolución ya no está sujeta a un proceso legal que impida su ejecución en virtud de la legislación aplicable.

Dicho esto, el ámbito de aplicación del artículo 407 es diferente al del artículo 406, ya que sólo es aplicable a:

  • sentencias
  • transacciones; y
  • escrituras públicas.

No obstante, sigue existiendo la posibilidad de denegar el otorgamiento de ejecución, aunque se cumplan los requisitos anteriores, en las siguientes situaciones previstas en el artículo 408:

  • El demandado no pudo participar en el procedimiento extranjero debido a una irregularidad procesal (Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia 3 Ob 123/12b, de 19 de septiembre de 2012);
  • La ejecución obligaría a realizar un acto que es ilícito o inejecutable con arreglo al Derecho austriaco; o
  • El reconocimiento o la ejecución implicarían una relación jurídica o una reclamación que es inválida o inoponible en Austria por razones de orden público o moralidad.

Los tribunales austriacos examinarán de oficio los requisitos establecidos en las Secciones 406 y 407; mientras que los motivos de denegación contemplados en la Sección 408 se revisan generalmente previa invocación de la parte contraria.

¿Debe una resolución extranjera ser firme y vinculante para que pueda ejecutarse?

Aunque el artículo 407(3) exige que la resolución extranjera sea ejecutable, la ley no prescribe explícitamente que la resolución sea firme. En consecuencia, no se exige que una sentencia sea firme y vinculante para poder ejecutarla. La resolución extranjera sólo debe ser ejecutable con arreglo a las leyes de su país de origen.

¿Es ejecutiva una resolución extranjera si es susceptible de recurso en la jurisdicción extranjera?

Como se indica en la respuesta a la pregunta "¿Debe una resolución extranjera ser firme y vinculante para que pueda ejecutarse?", más arriba, el Derecho austriaco no exige que una resolución extranjera sea firme y vinculante para que pueda ejecutarse. El artículo 406 de la Ley de ejecución establece los requisitos generales para el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras: ejecutoriedad y reciprocidad. Si la resolución sigue siendo ejecutable en el país de origen a pesar de haber sido objeto de recurso, su ejecutabilidad tampoco se verá afectada en Austria.

Sin embargo, si una sentencia extranjera aún no es firme, el tribunal austriaco puede, a petición del demandado, suspender el procedimiento de ejecución hasta que se alcance la firmeza (artículo 411(5) de la Ley de Ejecución).

¿Cuál es el plazo de prescripción para presentar una solicitud de reconocimiento y ejecución?

En el Derecho austriaco, los plazos de prescripción se consideran una cuestión de Derecho sustantivo y no de Derecho procesal. Por lo tanto, los plazos de prescripción pueden variar en función de:

  • el crédito de que se trate; y
  • la ley aplicable a dicha demanda.

Según el artículo 1478 del Código Civil, una sentencia puede ejecutarse en un plazo de 30 años a partir de su entrada en vigor legal. El plazo de prescripción

  • comienza el día en que la sentencia adquiere fuerza legal; y
  • se interrumpe cuando se presenta una solicitud de ejecución y el tribunal competente la concede.

En el caso de una sentencia firme de un tribunal extranjero, la legislación austriaca distingue dos supuestos:

  • Si la sentencia extranjera es ejecutable en Austria, el plazo de prescripción debe evaluarse con arreglo a la ley aplicable a la reclamación concedida en la sentencia. En este caso, los tribunales austriacos pueden rechazar el otorgamiento de ejecución cuando, en virtud de la legislación extranjera aplicable, el derecho a ejecutar la sentencia ya haya prescrito.
  • Si la resolución extranjera no es ejecutable en Austria, dicha resolución firme simplemente interrumpe el plazo de prescripción con arreglo a la legislación aplicable a la reclamación concedida en la resolución y hace que el plazo de prescripción comience a correr de nuevo.

Proceso de reconocimiento y ejecución

¿Es el reconocimiento de una resolución extranjera un proceso distinto de la ejecución y tiene efectos jurídicos distintos?

Como se menciona en la Decisión 3 Ob 18/12m (18 de abril de 2012) del Tribunal Supremo, el procedimiento para examinar la ejecutoriedad de un título ejecutivo extranjero en Austria no forma parte del procedimiento de ejecución, sino que es un procedimiento sui generis que sigue el modelo del procedimiento de ejecución y que complementa el procedimiento de resolución extranjera (procedimiento de título).

La ejecución de una resolución extranjera sólo es posible tras obtener una declaración de ejecución del tribunal. La resolución extranjera se convierte en ejecutiva una vez que la declaración de ejecución se hace efectiva. Sin embargo, es posible presentar la solicitud de declaración de ejecución y una petición de ejecución al mismo tiempo, según el artículo 412 de la Ley de Ejecución.

No obstante, las sentencias extranjeras dictadas en países de la UE están sujetas a los reglamentos de Bruselas, que contienen normas destinadas a eliminar el requisito del exequátur. Según estos reglamentos, una sentencia dictada por un Estado de la UE no requiere una declaración separada para su ejecución con el fin de ser ejecutada en un Estado miembro diferente. En otras palabras, una resolución es ejecutable en otros Estados miembros si es ejecutable en el Estado miembro en el que se dictó. Para ejecutar la resolución en otro Estado miembro, sólo se necesita lo siguiente

  • una copia de la resolución; y
  • un certificado especial expedido por el tribunal competente en el que conste que la resolución es ejecutiva.

¿Cuál es el proceso formal para el reconocimiento y la ejecución?

Si la resolución judicial extranjera que se desea ejecutar procede de un país no perteneciente a la UE y, por tanto, no está reconocida directamente en Austria, el proceso de reconocimiento y ejecución consta de las siguientes fases:

  • La parte que solicita la ejecución debe presentar una solicitud de otorgamiento de ejecución ante el tribunal de residencia del deudor. Esta solicitud puede combinarse con la petición de ejecución, en cuyo caso el tribunal decidirá sobre ambas solicitudes simultáneamente. El tribunal decidirá sobre la solicitud de otorgamiento de ejecución sin:
    • una vista oral previa; o
    • la intervención de la parte contraria.
  • La resolución se convierte en ejecutiva una vez que el otorgamiento de la ejecución se hace efectivo. A partir de ese momento, se aplicarán a la ejecución de la resolución extranjera las mismas normas que se aplican a la ejecución de las resoluciones judiciales austriacas, lo que significa que estará sujeta a la Ley de Ejecución.
  • Cualquiera de las partes puede recurrir la orden del tribunal de distrito.

Como se explica en (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Es el reconocimiento de una resolución extranjera un proceso distinto de la ejecución y tiene efectos jurídicos distintos?" más arriba), las resoluciones dictadas en otros países de la UE se reconocen en Austria sin un procedimiento especial.

¿Qué documentos se requieren en apoyo de una solicitud de reconocimiento y ejecución?

El solicitante debe presentar

  • la versión original de la resolución extranjera; o
  • una copia oficial facilitada por el tribunal que dictó la resolución.

En caso necesario, deberá ir acompañada de una traducción jurada de la sentencia en su totalidad.

En virtud del Reglamento Bruselas I bis, el tribunal o la autoridad de ejecución también pueden solicitar una traducción o transliteración del certificado normalizado del tribunal de origen, o de la propia resolución completa, si dicha traducción se considera necesaria para proceder a la ejecución.

¿Qué tasas hay que pagar por el reconocimiento y la ejecución?

De conformidad con la Ley de Tasas Judiciales, la solicitud de otorgamiento de ejecución no está sujeta al pago de tasas judiciales. Sin embargo, si la solicitud de otorgamiento de ejecución se combina con una petición de ejecución, se aplicarán tasas por el procedimiento de ejecución. De conformidad con la Sección 3 de la Ley de Tasas Judiciales, el acreedor que inicia la ejecución debe pagar una tasa fija de conformidad con la Partida Arancelaria 4 (Z I), cuyo importe dependerá de la suma que deba recuperarse.

¿Está obligado el demandante a prestar caución para costas?

No hay obligación de constituir una garantía de costas en el momento de la solicitud. Sin embargo, en virtud del artículo 411(5) de la Ley de Ejecución, si se solicita la suspensión de la ejecución de sentencias extranjeras que aún no son firmes, el tribunal puede exigir al acreedor ejecutante que constituya una garantía para cubrir los posibles daños y perjuicios causados al deudor antes de continuar con cualquier acción de ejecución ya aprobada.

¿Cuánto suele tardar la obtención de un otorgamiento de ejecución?

La duración del proceso para obtener un otorgamiento de ejecución en Austria puede variar en función de la carga de trabajo del tribunal competente. En primera instancia, se tarda aproximadamente de uno a dos meses en dictar una resolución sobre el reconocimiento y la ejecución. Este plazo puede prorrogarse un máximo de seis meses si se recurre la resolución.

¿Puede el solicitante solicitar medidas cautelares mientras dure el proceso?

Sí, el solicitante puede solicitar medidas cautelares mientras el proceso de ejecución esté en curso. Según el artículo 378 de la Ley de Ejecución, el tribunal puede dictar medidas cautelares para garantizar los derechos de una parte no sólo antes sino también durante los procedimientos judiciales y los procedimientos de ejecución en curso, previa solicitud de la parte interesada.

Defensas

¿Por qué motivos puede el demandado impugnar el reconocimiento y la ejecución de una resolución extranjera?

El demandado puede impugnar la declaración de ejecución basándose en:

  • la falta de uno de los requisitos para el otorgamiento o la ejecutoriedad especificados en (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Qué tipos de resoluciones pueden reconocerse y ejecutarse en su jurisdicción? ¿Existe algún tipo de resolución que no pueda ejecutarse?"); o bien
  • los motivos de denegación enumerados en la sección 408.

Los motivos especificados en la Sección 408 son los siguientes:

  • El demandado no pudo participar en el procedimiento extranjero debido a una irregularidad procesal.
  • La ejecución obligaría a realizar un acto que es ilegal o inejecutable con arreglo al Derecho austriaco.
  • El reconocimiento o la ejecución implicarían una relación jurídica o una pretensión que es inválida o inoponible en Austria por razones de orden público o moralidad.

¿Cuál es el plazo de prescripción para presentar una impugnación?

En Austria, no existe una separación clara entre "impugnación" y "recurso" en el contexto de un otorgamiento de ejecución. Dado que el auto se dicta ex parte, el demandado sólo puede responder presentando un"rekurs"(recurso), que sirve a la vez para:

  • iniciar su primera participación en el procedimiento; y
  • impugnar la resolución.

Así pues, el rekurs funciona como impugnación y como recurso. Según el artículo 411 de la Ley de Ejecución, el plazo de prescripción para presentar un recurso contra una resolución relativa a la solicitud de otorgamiento de ejecución es de cuatro semanas.

¿Puede el demandado solicitar medidas cautelares para impedir la ejecución mientras está pendiente un recurso?

El demandado tiene derecho a solicitar la suspensión del procedimiento de reconocimiento y ejecución si la resolución extranjera aún no es firme con arreglo a la legislación del Estado de origen. El tribunal también puede condicionar la continuación de las medidas de ejecución ya aprobadas a que el acreedor aporte una garantía adecuada para cubrir los posibles daños y perjuicios causados al deudor.

Análisis y decisión del tribunal

¿Revisará el tribunal la notificación del procedimiento inicial?

Sí, la notificación correcta

  • es uno de los requisitos enumerados en el artículo 407 de la Ley de Ejecución; y
  • también está regulado como un paso obligatorio previo a un procedimiento de ejecución en virtud del artículo 45(1)(b) del Reglamento Bruselas I bis.

Por lo tanto, debe ser revisado por el tribunal al evaluar la solicitud de declaración de ejecutoriedad. Si el demandado no fue debidamente notificado de la demanda, también puede invocar este motivo de oposición, sobre el cual el tribunal puede evaluar la cuestión y denegar el reconocimiento de la resolución.

¿Controlará el tribunal la competencia del tribunal extranjero en el procedimiento inicial?

Si la resolución judicial extranjera procede de un Estado no perteneciente a la UE y no entra en el ámbito de aplicación del régimen de Bruselas, el tribunal austriaco revisará si el tribunal extranjero era competente. El demandado también puede plantear una objeción basada en la falta de competencia. Sin embargo, en virtud del régimen de Bruselas, la competencia del tribunal de origen no está sujeta a revisión, de conformidad con el principio de que una resolución dictada en un Estado miembro será reconocida y ejecutable en otros Estados miembros sin necesidad de un proceso de reconocimiento separado.

¿Comprobará el tribunal la conformidad de la resolución extranjera con la legislación aplicable y el orden público?

Sí, los tribunales austriacos revisarán una sentencia extranjera para asegurarse de que cumple con elorden público austriaco (ordre public); pero no evaluarán si la sentencia extranjera se resolvió correctamente de acuerdo con el derecho sustantivo aplicable. La revisión se limita a garantizar que la sentencia no viola principios fundamentales del ordenamiento jurídico austriaco, como derechos constitucionales básicos o normas de derecho penal.

¿Revisará el tribunal el fondo de la sentencia extranjera?

No, una sentencia extranjera no será revisada en cuanto al fondo por los tribunales austriacos.

¿Cómo procederá el tribunal si la sentencia extranjera entra en conflicto con una sentencia anterior en relación con el mismo litigio entre las mismas partes?

La denegación del reconocimiento de resoluciones judiciales extranjeras en determinadas materias (adopción, asuntos matrimoniales, responsabilidad parental), cuando entran en conflicto con resoluciones anteriores sobre el mismo asunto, está regulada específicamente por las disposiciones especiales de la Ley de procedimiento no contencioso, del siguiente modo:

  • El reconocimiento de una resolución ejecutoria extranjera en casos de adopción puede denegarse si contradice una sentencia austriaca anterior a la resolución extranjera, de conformidad con el artículo 91a(2).
  • En virtud del artículo 97, apartado 2, las resoluciones extranjeras en materia matrimonial no pueden reconocerse si contradicen una resolución austriaca anterior sobre el mismo asunto.
  • Según el artículo 113, no se permite el reconocimiento o la ejecución de una resolución extranjera en materia de responsabilidad parental si es incompatible con una resolución austriaca posterior.

Además, para las resoluciones extranjeras que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento Bruselas I bis, el artículo 45, apartado 1, letra c), establece que el reconocimiento puede denegarse, a instancia de parte interesada, si la resolución es inconciliable con otra dictada entre las mismas partes en el Estado miembro requerido.

En cambio, no existen disposiciones similares en la Ley de Ejecución. El conflicto entre una resolución extranjera y una resolución dictada anteriormente en Austria sobre el mismo litigio entre las mismas partes no se incluye entre los motivos de denegación enumerados en el artículo 408.

¿Existen otros motivos por los que el tribunal pueda denegar el reconocimiento y la ejecución de la resolución extranjera?

El tribunal puede denegar el reconocimiento y la ejecución de la resolución extranjera si:

  • no se cumple alguno de los requisitos de los artículos 406 o 407; o
  • existe alguno de los motivos de denegación enumerados en el artículo 408.

(Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Qué tipos de resoluciones pueden reconocerse y ejecutarse en su jurisdicción? ¿Existe algún tipo de resolución cuya ejecución esté específicamente excluida?").

¿Es posible el reconocimiento y la ejecución parciales?

Sí, el reconocimiento parcial es posible, siempre que la parte a reconocer sea separable y clara.

¿Cómo tratará el tribunal las cuestiones de costas (por ejemplo, intereses, costas judiciales, cuestiones monetarias)?

El tribunal decidirá sobre:

  • las costas judiciales
  • los honorarios de los abogados; y
  • las reclamaciones de intereses.

A la hora de evaluar los intereses, la ley aplicable a la demanda subyacente suele regir también el tipo de interés aplicable. Sin embargo, cualquier tipo de interés que viole el orden público austriaco se considerará inaplicable. Los tribunales austriacos no convierten la indemnización por daños y perjuicios en moneda local al decidir sobre el otorgamiento de la ejecución, sino que la conversión se lleva a cabo una vez iniciadas las medidas de ejecución.

Según la legislación austriaca, la norma general en los litigios es el principio de "quien pierde paga", establecido en el apartado 1 del artículo 41 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Los costes judiciales y legales son recuperables, pero sólo si el caso se impugna. Como se indica en (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Qué tasas se pagan por el reconocimiento y la ejecución?" más arriba), la solicitud de otorgamiento de ejecución no está sujeta a una tasa judicial separada. Sin embargo, si se presenta junto con una solicitud de ejecución, se aplicará la tasa a tanto alzado mencionada en (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Qué tasas se pagan por el reconocimiento y la ejecución?" más arriba). Si el deudor no presenta objeciones al título ejecutivo, el procedimiento de exequátur sólo conlleva unos costes adicionales mínimos, especialmente porque no se cobra tasa judicial alguna por la solicitud en sí.

Recursos

¿Pueden recurrirse las decisiones relativas al reconocimiento y la ejecución de resoluciones extranjeras?

Sí, el procedimiento de recurso relativo a la resolución sobre el otorgamiento de la ejecución está regulado en el artículo 411 de la Ley de Ejecución. El plazo de prescripción para presentar un recurso contra una resolución relativa a la solicitud de otorgamiento de ejecución es de cuatro semanas. Este plazo puede ampliarse a ocho semanas si el demandado no tiene residencia o sede en Austria. La parte contraria dispone de cuatro semanas para presentar una réplica, a partir del momento en que se le notifique.

Los motivos de denegación mencionados en (Véase en detalle la respuesta a la pregunta "¿Por qué motivos puede el demandado impugnar el reconocimiento y la ejecución de una resolución extranjera?" más arriba) pueden ser alegados en este momento por el recurrente, aunque no fueran evidentes en primera instancia. El recurrente debe exponer todos los motivos de recurso en la petición de apelación. Los motivos de denegación no planteados por la parte no serán examinados por el tribunal.

La posibilidad de recurrir la resolución de segunda instancia es muy limitada en comparación con el primer recurso. De conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil, la resolución del tribunal de apelación sólo puede recurrirse si el asunto plantea una cuestión jurídica de importancia significativa para:

  • la unidad jurídica
  • la seguridad jurídica; o
  • el desarrollo del Derecho.

¿Puede el demandante solicitar medidas cautelares mientras esté pendiente el recurso?

En virtud del artículo 414(5) de la Ley de Ejecución, si la resolución extranjera aún no es firme con arreglo a la legislación del Estado de origen, el tribunal de apelación puede, a petición del demandado, suspender el procedimiento de reconocimiento y ejecución. El tribunal también puede condicionar la continuación de las medidas de ejecución ya aprobadas a que el acreedor aporte una garantía adecuada para cubrir los posibles daños y perjuicios causados al deudor.

Ejecución de la resolución extranjera

Una vez concedido el otorgamiento de ejecución, ¿cómo puede ejecutarse la resolución extranjera?

Una vez concedido el otorgamiento de ejecución, la resolución extranjera recibirá el mismo trato que una resolución nacional en virtud de la Ley de Ejecución. La ley de ejecución austriaca permite la ejecución de reclamaciones tanto monetarias como no monetarias, variando los procedimientos de ejecución aplicables en función de la naturaleza de la reclamación.

En la práctica, la gran mayoría de los casos de ejecución implican reclamaciones monetarias; mientras que las reclamaciones no monetarias - como las que pretenden obligar a acciones, tolerancias u omisiones específicas - son relativamente raras.

La Ley de ejecución distingue entre dos categorías principales de medidas de ejecución:

  • las dirigidas a bienes inmuebles; y
  • las dirigidas contra bienes muebles.

Para la ejecución contra bienes inmuebles, se dispone de las siguientes medidas de ejecución

  • creación obligatoria de un derecho de retención
  • administración forzosa; y
  • subasta forzosa.

Para la ejecución contra bienes muebles, la Reforma General de la Ley de Ejecución en 2021 introdujo una distinción entre los siguientes tipos de ejecución:

  • ejecución contra bienes muebles;
  • ejecución de créditos pecuniarios; y
  • ejecución contra derechos de propiedad.

En 2021, el Código de Ejecución se modificó para introducir dos paquetes de medidas de ejecución destinados a agilizar el cobro de créditos monetarios:

  • El paquete básico (artículo 19) se aplica automáticamente cuando no se solicita ninguna medida de ejecución específica e incluye:
    • ejecución de bienes muebles;
    • embargo de salarios; y
    • el registro de bienes.
  • El paquete ampliado (sección 20):
    • incluye la ejecución de créditos y derechos de propiedad; y
    • requiere el nombramiento de un administrador para identificar y seleccionar los bienes.

La legislación austriaca no permite la ejecución de créditos específicos, como el subsidio de lactancia, la ayuda al alquiler, el subsidio familiar y las becas.

¿Puede ejecutarse la sentencia extranjera contra terceros?

No, una sentencia extranjera sólo puede ejecutarse contra la parte que figura como deudora en la sentencia extranjera. Los principios de alter ego y representación no se aplican en Austria.

Tendencias y previsiones

¿Cómo describiría el panorama actual de la ejecución y las tendencias predominantes en su jurisdicción? ¿Se prevén novedades en los próximos 12 meses, incluidas las reformas legislativas propuestas?

Austria sigue ofreciendo un marco bien estructurado para el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras, basado en:

  • Reglamentos de la UE;
  • tratados internacionales; y
  • la legislación nacional.

Un acontecimiento clave es la adhesión de la Unión Europea al Convenio de La Haya de 2019 sobre reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en materia civil o mercantil, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2023. Austria está vinculada por el convenio como Estado miembro de la UE. Esto proporciona una base jurídica uniforme para la ejecución de sentencias civiles y comerciales de países no pertenecientes a la UE que son signatarios del convenio, en particular cuando no existen tratados bilaterales. El ámbito de aplicación del Convenio de La Haya se limita a las resoluciones civiles y mercantiles, e incluso dentro de este ámbito, hay exclusiones específicas. En virtud del artículo 2 del Convenio, no se aplica a las resoluciones relativas a cuestiones como:

  • el estado y la capacidad jurídica de las personas físicas
  • testamentos y sucesiones
  • insolvencia;
  • asuntos de derecho de familia, incluidos los regímenes matrimoniales; y
  • propiedad intelectual.

El Convenio establece una serie de condiciones -que se ajustan en gran medida a la legislación austriaca- para el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones judiciales, al tiempo que delega las cuestiones de procedimiento en los ordenamientos jurídicos internos de los Estados contratantes.

En el ámbito de la UE, el Reglamento Bruselas II ter se aplica desde agosto de 2022, reforzando la ejecución transfronteriza en asuntos de familia.

Sin embargo, los recientes acontecimientos geopolíticos también han dado lugar a restricciones específicas. El 16 de diciembre de 2024, la Unión Europea adoptó su decimoquinto paquete de sanciones contra Rusia, que introdujo medidas específicas para proteger a las empresas con sede en la UE de determinadas decisiones judiciales rusas. En particular, los tribunales de los Estados miembros de la UE, incluida Austria, tienen ahora prohibido ejecutar las sentencias rusas dictadas en virtud del artículo 248 del Código Procesal Arbitrazh ruso.

A nivel nacional, las reformas de la Ley de Ejecución en 2021 mejoraron el acceso de los acreedores a los datos de ejecución e introdujeron "paquetes de ejecución" para agilizar la recuperación de los créditos monetarios sobre bienes muebles.

En Austria, muchos casos presentados ante el Tribunal Supremo sobre el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras suelen implicar cuestiones relacionadas con violaciones del orden público. En una decisión reciente, el Tribunal Supremo hizo hincapié en que, al revisar los recursos, el examen de los laudos arbitrales extranjeros con respecto al orden público austriaco no debe convertirse en una reevaluación sustantiva (prohibición de révision au fond). Al hacerlo, el tribunal trazó claramente un límite importante (OGH 3Ob36/25b, 16 de abril de 2025). En otra decisión sobre la ejecución de laudos arbitrales extranjeros, el Tribunal Supremo aclaró que la anulación extranjera de un laudo arbitral no impide su ejecución en Austria si la anulación violara el orden público austriaco (OGH 3Ob2/21x, 24 de marzo de 2021).

Esta decisión

  • protege a las partes de anulaciones injustas en el extranjero; y
  • reafirma la postura de Austria a favor del arbitraje en el marco de la Convención de Nueva York.

En cuanto a la ejecución de los laudos arbitrales, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una serie de sentencias que han cuestionado la admisibilidad de las cláusulas de arbitraje intra-UE, tras su argumentación en Achmea v Slovakia en marzo de 2018. En ese momento, el TJUE concluyó que los procedimientos de arbitraje de inversión basados en tratados bilaterales de inversión (TBI) contravienen la legislación de la UE. En su decisión en Komstroy v Moldova, emitida el 2 de septiembre de 2021, el TJUE amplió esta jurisprudencia a los arbitrajes intra-UE basados en cláusulas de arbitraje contenidas en el Tratado sobre la Carta de la Energía. En Polonia contra PL Holdings, resuelto el 26 de octubre de 2021, el TJUE fue un paso más allá y dictaminó que los Estados miembros de la UE tienen prohibido celebrar acuerdos de arbitraje ad hoc con inversores de la UE si reproducen el contenido de un TBI.

Actualmente, la ejecución de laudos arbitrales intra-UE derivados de procedimientos de solución de controversias inversor-Estado está prohibida en los Estados miembros de la UE, incluida Austria.

En general, el panorama de la ejecución en Austria está evolucionando hacia una mayor eficacia y una compatibilidad internacional más amplia.

Consejos y trampas

¿Cuáles son sus principales consejos para el reconocimiento y la ejecución sin problemas de las resoluciones extranjeras, y qué posibles puntos conflictivos destacaría?

Para que el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras en Austria se produzcan sin problemas, es esencial empezar por verificar si la sentencia entra en el ámbito de aplicación de un instrumento internacional pertinente, como por ejemplo:

  • el régimen de Bruselas
  • el Convenio de Lugano
  • el Convenio de La Haya sobre reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en materia civil o mercantil; o
  • acuerdos bilaterales aplicables.

Dado que la ejecución sólo tiene sentido si el deudor posee bienes en Austria, también es aconsejable llevar a cabo una comprobación patrimonial preliminar. La información pública disponible al respecto es limitada y de difícil acceso. Sin embargo, una vez reconocido en Austria un título ejecutivo extranjero, el abogado del acreedor puede solicitar información sobre los bienes del deudor, por ejemplo, a través de agencias de crédito. También se recomienda determinar si ya existe algún procedimiento de ejecución pendiente contra el deudor o el demandado. Las recientes modificaciones de la Ley de Ejecución respaldan aún más este tipo de indagaciones.

Dicho esto, pueden surgir ciertos obstáculos. El reconocimiento puede denegarse si se considera que la resolución extranjera vulnera el orden público austriaco, especialmente en ámbitos sensibles como el Derecho de familia o la insolvencia. Del mismo modo, es probable que se impugnen las resoluciones obtenidas sin la debida notificación o en violación de las garantías procesales básicas. Ser consciente de estos posibles problemas desde el principio es clave para evitar retrasos o denegaciones.